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martes, 25 de septiembre de 2012

ANP Intensifica campaña por despenalización de delitos de prensa

La nueva sentencia a tres años de prisión contra el periodista Teobaldo Meléndez Fachín, de la provincia de Alto Amazonas, querellado por difamación por una autoridad municipal, revela la urgente necesidad que tiene el impulsar la despenalización de los delitos de prensa en el Perú.
La ANP, que tiene registro de más de 25 querellas judiciales contra periodistas en lo que va del 2011, está convencida que la persecución judicial se ha convertido en el mecanismo del que echan mano, especialmente los funcionarios públicos, para intimidar y silenciar a los periodistas independientes.
Por ello, la Asociación Nacional de Periodistas del Perú, desde hace más de una década, impulsa gremialmente la despenalización de los denominados delitos de prensa. Sobre el particular presentó una propuesta de proyecto de ley a la Presidencia del Poder Legislativo en el 2006 y hoy intensifica su objetivo realizando foros en el interior del país con el fin de crear conciencia ante la necesidad de que ningún periodista vaya a prisión por sus opiniones o críticas periodísticas.

En ese propósito la ANP ha lanzado una campaña nacional, en la que argumenta, entre otras, diez razones para despenalizar:

1. Porque despenalizar los delitos de prensa no significa menoscabo del derecho al honor, la intimidad y la dignidad de las personas, mucho menos impunidad y discrecionalidad o privilegio a favor de los periodistas.

2. Porque la aplicación de la responsabilidad civil constituye una sanción adecuada y proporcional a la infracción y perjuicio sufrido en tales casos. Se trata de utilizar la vía civil para resarcir el derecho al honor lesionado y no para la represalia y el escarnio como castigo a l periodista.

3. Porque la amenaza de sufrir carcelería efectiva establecida en el Código Penal es desmedida e inhibitoria y, por tanto, contraria a la libertad de expresión. Cuando se trata de asuntos de interés público, estos actos deben estar más expuestos al escrutinio ciudadano.

4. Porque la consideración de conductas como delitos que deben ser sancionados con penas drásticas constituye el último recurso en una democracia. Las facultades para criminalizar deben estar dirigidas a la delincuencia por sus consecuencias dañosas a la sociedad y no a quienes expresan o comunican una idea o una noticia.

5. Porque la despenalización posibilita el reemplazo de las sanciones mediante la aplicación de programas educativos sobre ética, moral y respeto a la dignidad de la persona humana, entre otras apropiadas para mejorar la convivencia social.

6. Porque los delitos contra el honor limitan el libre flujo de la información y, en consecuencia, las sanciones penales inhiben la libertad de opinión y de expresión, así como la forma adecuada de tomar decisiones democráticas en la sociedad.

7. Porque la moderna doctrina jurídica internacional establecida en  la ONU, la OEA y la Unión Europea interpreta los tratados sobre derechos humanos y adopta criterios consensuados y coincidentes en que los delitos contra el honor de las personas  no deben sancionarse con la pérdida de libertad, sino que deben solucionarse en la vía judicial civil. El peligro de reclusión origina efectos de inhibición y temor propios de la censura dictatorial.

8. Porque la jurisprudencia internacional de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y las recomendaciones de los organismos supranacionales obligan a los jueces peruanos a no encarcelar a las personas que sean condenadas por tales delitos y al Estado peruano a la necesaria adecuación legislativa que los despenalice.

9. Porque en diversos países de América Latina como México, Argentina y Uruguay se han despenalizado los delitos de prensa y en otros, como Honduras, El Salvador y Panamá, están aprobados los proyectos por el Poder Legislativo.

10. Porque la consolidación del derecho a la libertad de expresión fomenta la lucha contra la corrupción y el establecimiento de políticas de transparencia indispensables para fortalecer la democracia y el respeto por los derechos humanos.

Esta es la hora de sumar fuerzas y voluntades para lograr una reivindicación largamente esperada  por los periodistas que día a día cumplen, con nobleza y sacrificio, la tarea de informar con la verdad. Se está abriendo camino para alcanzar la necesaria despenalización de los llamados delitos de prensa.

El esfuerzo inicial de los años 90 impulsado por la Asociación Nacional de Periodistas del Perú -ANP- y consolidado en la década siguiente con un proyecto de ley presentado ante el Congreso de la República, nos alienta a seguir luchando, ahora más que nunca, con la satisfacción de apreciar que otros sectores, también, se van sumando en procura de una conquista que reclama todo Estado de Derecho sensible a los cambios sociales y que legisla de cara al Derecho moderno.

A la luz de los hechos, con cifras crecientes de periodistas asesinados, encarcelados, querellados, amenazados y agredidos, especialmente en las regiones en donde la seguridad ciudadana y la administración de justicia no son más que un mito, la ANP levanta, una vez más, su voz para decirle al Poder Legislativo, pero también al Poder Ejecutivo y Poder Judicial, que no sean sordos ni mudos, porque ya es tiempo que se deroguen aquellas normas jurídicas que impiden el desarrollo de un periodismo auténticamente libre.

Las razones que nos animan son fundamentalmente diez, pero hay muchas más, que se sustentan tanto en el Derecho Internacional como también en la propia experiencia nacional. Lo cierto es que no puede decirse que existe verdadera libertad de prensa en una nación donde los periodistas son objeto de represiones debido a su trabajo. Para la ANP, sin libertad de prensa amplia y real, no puede  afirmarse de manera contundente que estamos en una sociedad democrática donde el derecho a la palabra es un bien de todos.

Nuestro gremio desea que el Perú abandone el indecoroso lugar de encontrarse entre los países en donde se disfraza, mediante leyes punitivas, la censura contra el periodismo que combate la corrupción, el crimen organizado y el narcotráfico, bajo el pretexto de que se está protegiendo el honor. Y lo hacemos, también, porque es necesario que quienes tienen mandato en los Poderes del Estado, entiendan, de una vez por todas, que el país no se puede regir por la noción de leyes que son propias de la Edad Media, cuando los reyes y los señores feudales eran intocables y se creía que no podían equivocarse.  

La ANP se pregunta si quienes están en el deber de derogar y reformar las leyes de acuerdo a los cambios sociales o se oponen a ello, tienen presente que durante muchas décadas y, sobretodo, en las últimas del siglo XX, fueron muchos los periodistas victimados, llevados a las prisiones, silenciados, por decir la verdad. Se pregunta, asimismo, si ellos saben que la misma naturaleza de la figura jurídica de los llamados delitos contra el honor, nos demuestra que tales conductas calificadas como delitos son de interés privado y contraviene, por tanto, la esencia del sistema penal (último ratio).

A ellos, la ANP les demanda que cumplan con el deber de derogar aquellas normas penales que solamente han servido para imponer la censura y coartar la libertad de prensa. Y, del mismo modo, alienta fraternalmente a todos las y los periodistas, más allá de credos e ideologías, para que se sumen a esta tarea de lograr la despenalización de los delitos de prensa.

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